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La Justicia archiva la causa contra 14 controladores aéreos de Málaga

Los médicos han confirmado durante sus declaraciones que éstos padecían enfermedades que les impedían trabajar

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El Juzgado de Instrucción número 6 de Málaga ha archivado la causa abierta a instancias de la Fiscalía contra 14 controladores aéreos de Málaga que no acudieron a sus puestos de trabajo durante el conflicto que se produjo el pasado diciembre, han informado hoy a Efe fuentes judiciales.

Los médicos que extendieron las bajas a los controladores que alegaron problemas de salud han sido citados por el juzgado y han confirmado durante sus declaraciones que éstos padecían enfermedades que les impedían trabajar, según publica el diario Málaga Hoy.


La falta de los controladores se produjo después de que el Consejo de Ministros ratificara el 3 de diciembre en un real decreto de medidas económicas que el máximo de horas que pueden hacer los profesionales de tránsito aéreo será de 1.670.

Durante el conflicto, que condujo al cierre del espacio aéreo español y posteriormente a la declaración del estado de alarma, se cancelaron en el aeropuerto de Málaga más de 200 vuelos y se perdieron 30.000 noches de hotel en la Costa del Sol.

La Fiscalía de Málaga abrió el pasado 7 de diciembre diligencias de investigación para determinar si los controladores abandonaron sus puestos para secundar una huelga ilegal.

Los tres primeros controladores fueron citados para prestar declaración el 14 de diciembre, pero ninguno quiso responder a las preguntas planteadas por el Ministerio público, actitud que mantuvieron los otros once.

El pasado 25 de enero, la Fiscalía interpuso una denuncia contra estos catorce controladores por posible abandono colectivo de destino.

El Ministerio Público entiende que los controladores podían haber incurrido en un delito previsto en el artículo 409 del Código Penal, que recoge que aquella autoridad o funcionario que promueva, dirija u organice el abandono colectivo e ilegal de un servicio público debe ser castigado con multa de ocho a doce meses y suspensión de empleo o cargo público de seis a dos años.

También se castiga con penas de ocho a doce meses de multa a aquellos que participen, aún sin ejercer un papel de liderazgo, en el abandono colectivo de un servicio público esencial y con grave perjuicio para éste o de la comunidad.

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