El tiempo en: Benalmádena
07/07/2024  

España

Una abogada, condenada por apropiarse del piso de unos disminuidos

A seis años de cárcel

Publicidad AiPublicidad AiPublicidad Ai
 Una abogada sevillana y una empresaria barcelonesa han sido condenadas a seis años de cárcel por apropiarse de la casa de un matrimonio, ambos con minusvalía psíquica, al que convencieron de que debían vender su piso y alquilar otro "más higiénico" para recuperar a sus hijos, retirados por la Junta.

Una sentencia de la Sección Cuarta de la Audiencia de Sevilla, a la que ha tenido acceso Efe, condena a la abogada R.M.P.S., que en agosto de 2005 abrió un despacho profesional en la avenida de la Constitución de Sevilla como franquicia del bufete barcelonés en el que la segunda condenada, A.M.P.F., hacía funciones de gestión.

En octubre de 2005, solicitó sus servicios el matrimonio formado por J.M.P. y C.J.P., él con un retraso mental leve y ella con una minusvalía psíquica del 67 por ciento, que tenía dos hijos declarados en desamparo y tutelados por la Junta.

Las acusadas convencieron al matrimonio de que, para pagar sus servicios profesionales y recuperar a sus hijos, "era necesario que vendieran su vivienda y se fueran a vivir a otra mayor y en mejores condiciones", pese a que "en realidad sabían que de este modo no conseguirían recuperar a sus hijos porque el motivo de la declaración de desamparo había sido otro".

De esta manera, consiguieron que el matrimonio firmara ante notario la venta de su piso por 65.000 euros, que las acusadas vendieron ocho meses después por 115.000 euros, añade la sentencia.

Las acusadas ofrecieron al matrimonio pagarles una vivienda de alquiler mientras encontraban otra para comprar pero la realidad es que solo lo hicieron hasta que tuvieron el piso en su poder, según la sentencia, que además dice que la acusada R.M.P.S. recogió a las víctimas para conducirles al notario pero no a una tía suya que había manifestado su intención de estar presente.

Durante el juicio las acusadas se culparon mutuamente de la estafa, pues la abogada afirmó que la franquicia había sido disuelta pero "se vio obligada" a acudir al notario porque aún mantenía deudas con la central barcelonesa, y que creyó que los afectados habían percibido el dinero.

La gerente, por su parte, afirmó que solo quiso ayudar al matrimonio, con el que se "sintió muy identificada" pues ella misma había perdido un hijo, y que fue la abogada sevillana quien debía haberles pagado.

Los jueces no juzgan "creíbles" ni "coherentes" las manifestaciones de las acusadas y dan más verosimilitud a los afectados porque "su capacidad de fabulación no puede ser muy apreciable, como se deduce de sus limitaciones intelectuales, y se encuentran corroboradas por otros testigos".

La sentencia impone a cada una seis años de cárcel por una estafa agravada por tres factores: por tratarse de un bien principal como es la vivienda, por superar los 50.000 euros y por "abuso de la credibilidad profesional que, como abogada y empresaria, tenían ambas acusadas".

Además, deberán pagar 178.920 euros por daños y perjuicios, en una sentencia que las inhabilita, respectivamente, a seis años para ejercer como abogada y para trabajar en empresas de asesoramiento jurídico o inmobiliario.

TE RECOMENDAMOS

ÚNETE A NUESTRO BOLETÍN