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Los despedidos de Somdeco reclaman el cumplimiento de la sentencia

Los exempleados, cuyo despido fue declarado nulo, reclaman salarios atrasados y la readmisión. El Ayuntamiento, responsable tras la disolución de la empresa

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Los 21 extrabajadores de la Sociedad Municipal de Comunicación (Somdeco), despedidos en diciembre de 2011, han presentado, a través de su abogada, Isabel Fernández López, un escrito al Juzgado de lo Social único de Algeciras en el que reclaman la “ejecución provisional del fallo de la sentencia” dictada el 22 de mayo de 2012, en la que tanto Somdeco como el Ayuntamiento de La Línea fueron condenados a “la readmisión inmediata de los trabajadores con abono de los salarios dejados de percibir”.

En el propio escrito se reconoce que se trata de una “sentencia no en firme porque ha sido recurrida por el Ayuntamiento”, aunque igualmente afirma que “sí debe acatarse el fallo de la misma mientras se dicte sentencia en segunda instancia”.

La letrada que representa a los trabajadores despedidos deja claro que “ninguno de los condenados cumple con la legalidad y con lo dispuesto en la resolución judicial”, ante lo que solicita la “ejecución provisional del fallo de la sentencia”.


En dicha sentencia se estipulan cuatro puntos que deben cumplirse. El primero de ellos es la readmisión de los trabajadores despedidos “en las mismas condiciones que regían con anterioridad al despido, como trabajadores indefinidos, con abono de los salarios dejados de percibir hasta su efectiva reincorporación”.

El segundo punto de la sentencia insta a “abonarles el importe de los salarios adeudados a los trabajadores hasta la fecha de la comparecencia”, el 22 de enero de 2013.
Además, en su tercer punto, en la sentencia consta la imposición de una “multa de 3.000 euros a las ejecutadas Ayuntamiento de La Línea de la Concepción y Somdeco SLU que deberá ser abonada de manera solidaria”.

Por último, indica que “se practique embargo preventivo de los bienes sobre las empresas Somdeco SLU y Emusvil, en cuantía suficiente para cubrir los importes” de los pagos indicados a los trabajadores, así como las costas de ejecución.

En este caso, además, cabe señalar que el Ayuntamiento es el único representante de los acusados que recurrió el fallo, si bien también es el único responsable que puede asumirlo, toda vez que Somdeco fue disuelta. En cuanto a Emusvil (la Empresa Municipal de Suelo y Vivienda), está involucrada desde que esta misma letrada presentó en noviembre del pasado año como prueba un acta del consejo de administración de esta empresa del que se desprendía que podría hacerse cargo de la ejecución del fallo provisional, por lo que la abogada solicitó el embargo de las cuentas de dicha empresa, así como los bienes de Somdeco, para lo que se aportaron fotografías del material audiovisual disponible para poder hacer frente a algunos de los pagos, cifrados en alrededor de 45.000 euros.

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