Frente al pronunciamiento de la Audiencia Nacional que ordena devolver al dominio público una franja de 200 metros de anchura de los suelos de la antigua pista de la base aérea de Tablada paralela al río Guadalquivir, el alcalde de Sevilla, Juan Ignacio Zoido (PP), ha manifestado su "respeto" a las decisiones judiciales, exponiendo que el destino de los terrenos de Tablada, que lleva lustros sobrevolando el debate público y político, "no está ahora en las prioridades municipales dadas las actuales circunstancias".
"Respeto absolutamente la decisión judicial y el Ayuntamiento está a la espera de recibir la resolución judicial para poder estudiarla", ha dicho el alcalde manifestando, no obstante, que "Tablada no está en las prioridades municipales ahora, dadas las actuales circunstancias". Zoido, no obstante, avisa de que el Ayuntamiento no renuncia "a ningún derecho" en función del "interés" general de la ciudadanía.
Los suelos de la antigua base aérea de Tablada, propiedad del consorcio empresarial 'Tablada Hispalis' tras su compra a las cajas de ahorro que adquirieron su titularidad en 1997, están calificados como terrenos no urbanizables de especial protección merced al vigente Plan General de Ordenación Urbana de Sevilla, aprobado definitivamente en 2006. Los tribunales, hasta el momento y en distintos frentes, han desechado tanto los intentos del Ayuntamiento hispalense por expropiar estos suelos, correspondientes al antiguo gobierno municipal de PSOE e IU-CA, como los recursos promovidos por el citado consorcio empresarial contra la calificación recogida en el planeamiento urbano para esta bolsa de suelos.
EL TRUNCADO PARQUE PERIURBANO
El anterior alcalde de Sevilla, el socialista Alfredo Sánchez Monteseirín, había proyectado para estos terrenos todo un parque periurbano para el cual fue incluso elaborado un diseño, aunque todos los intentos del Consistorio para hacerse con los terrenos, ya sea mediante la negociación o mediante la expropiación, no han dado fruto. El destino de los suelos de Tablada, de cualquier modo, lleva lustros enteros sin ser plenamente resuelto.
A mediados de 2013, el Tribunal Supremo, a través de dos sentencias similares, anulaba sendos fallos emitidos en 2009 y 2010 por el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) y que desestimaban dos recursos iniciales promovidos contra la resolución de la Junta de Andalucía que en 2006 aprobaba definitivamente el vigente PGOU de Sevilla con los suelos de Tablada calificados como suelos no urbanizables de especial protección.
El TS anulaba las citadas sentencias, si bien no accedía a anular la mencionada calificación de los terrenos de Tablada, "atendiendo al hecho físico de la inundabilidad", extremo "plenamente acreditado" y que legitima la decisión de calificar los terrenos como suelo no urbanizable de especial protección, según estos pronunciamientos del Supremo recogidos por Europa Press.
La última novedad, adelantada por el diario El Mundo, es la decisión de la Audiencia Nacional de ordenar al Estado que devuelva la clasificación de "necesaria para el dominio público" a una franja de 200 metros de anchura paralela al río e incluida en la operación de venta de 1997.