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Huelva

Bankia, condenada por engañar a un cliente en la venta de acciones

Sentencia contra la entidad bancaria por dar información falsa sobre su solvencia a un consumidor onubense que invirtió 6.000 euros en acciones de la entidad en 2011

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  • Sucursal de Bankia en Huelva -

El Juzgado de Instrucción número 1 de Huelva ha condenado a Bankia por engañar a un cliente particular y minorista de Huelva en una venta de acciones de 2011 por importe de 6.000 euros. La sentencia, a la que ha tenido acceso Viva Huelva, explica que tanto la publicidad emitida por la entidad sobre una solvencia que no era tal como el folleto aportado al cliente no se adecuaban a la realidad, por lo que declara la nulidad de la adquisición de las acciones por apreciar “error como vicio en el consentimiento”.

Argumentos de la sentencia
El denunciante se dejó llevar por el brillo económico que la entidad que manejaba Rodrigo Rato quería mostrar a la sociedad en 2011 para vender su salida a Bolsa. Pero como se fue demostrando posteriormente, con daños colaterales como un rescate público, todo era ficticio. Y esa ola de faltar a la verdad acabó salpicando a este onubense, que confió en la información sobre la solvencia que representantes de Bankia le daban, compró acciones en julio de 2011 por valor de 6.000 euros, sufrió la quiebra de la entidad, demandó y ahora, gracias a la gestión de los letrados de ATO Abogados, le ha ganado la batalla judicial.
Como expresa la sentencia, emitida el pasado 22 de octubre, En el resumen de folleto emitido por el banco se indica que “Bankia es la primera entidad financiera en términos de activos totales en España, y contiene los estados financieros consolidados y auditados para el trimestre cerrado a 31 de marzo de 2011, figurando un resultado consolidado de más de 306 millones de euros de beneficios”.
Sin embargo, esta imagen de solvencia que transmitía, “se vio truncada a raíz de la reformulación de las cuentas anuales de 2011, que se efectúa solo unos meses después, en mayo de 2012, pasando a dar unas pérdidas de 2.979 millones de euros, instándose una petición al FROB de una ayuda de 19.000 millones de euros para recapitalizar la entidad”.
Por tanto, continúa la sentencia, “atendiendo a estos datos, no puede negarse que la situación financiera de Bankia que publicó en el folleto para su salida a Bolsa no era real. De modo que la confianza con que los actores adquieren acciones de una entidad que se afirmaba solvente, no respondía a la realidad económica de la entidad”. 
Con estos y otros muchos fundamentos jurídicos, la Justicia ha declarado la nulidad de la adquisición de las acciones por importe de 6.000 euros, con la consecuente restitución recíproca entre las partes y la condena a la entidad financiera a pagar las costas del proceso judicial.

 

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