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Peleas de gallos ilegales dentro de un bar de El Puerto de Santa María

En el momento de la intervención se encontraban en el recinto 113 personas entre dueños de animales, apostantes, vendedores o aficionados

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Una actuación conjunta de agentes del área de Juego y Espectáculo de la Unidad de Policía Adscrita a la Junta de Andalucía y de miembros de la Unidad de Prevención y Reacción (UPR) de la Policía Nacional perteneciente a la Comisaría de El Puerto de Santa María permitió en la madrugada del pasado sábado localizar un reñidero de peleas de gallos que se encontraba en el interior de un bar de la localidad y del que la Policía Nacional tenía conocimiento de que incumplía la normativa que regula estas actividades en nuestra Comunidad Autónoma.

En el momento de la intervención de los agentes en el establecimiento, ubicado en la calle Carmen Pérez Pascual, se encontraban en el local 113 personas en el reñidero ilegal. Entre los identificados se encontraban dueños de gallos, apostantes, aficionados, vendedores de diversos productos relacionados con los animales (desde medicamentos a boliches y galleras o fundas para su transporte), además de las personas encargadas del pesaje de los gallos, del control del tiempo y el presidente de las tientas que se estaban desarrollando. Los agentes pudieron comprobar que los presentes en el recinto provenían de diferentes puntos de la provincia, así como de Sevilla y de  Mallorca.

Los agentes detectaron en el establecimiento a dos personas que efectuaban el cobro y el pago de diferentes apuestas, y se intervinieron 4.600 euros en efectivo. Asimismo en el lugar se encontraban dos personas procedentes de Leganés que estaban vendiendo al público asistente y sin ningún control multivitaminas, vigorizantes y retardantes de fatiga para los animales. Igualmente fueron intervenidos 12.000 boletos de diversas rifas ilegales que se celebraban durante el espectáculo.

En el centro del recinto se encontraba el ‘ring’, de forma circular y con asientos para el público asistente. El lugar disponía también de una mesita con un temporizador para los combates, una báscula romana para el pesaje de los gallos combatientes y diversas hojas de anotaciones o libreta con  los gallos participantes, el tiempo de los ganadores y el orden de actuación y su peso. En el momento de la intervención policial solo quedaban cuatro tientas por desarrollar.

La entrada de los agentes interrumpió la preparación de un nuevo combate  y se comprobó como en unas galleras anexas se encontraban esperando en jaulas los animales que debían combatir a continuación. En el tentadero se observaban restos de sangre, plumas, si bien el lugar disponía de un aspirador de aire para recoge las plumas que perdían los gallos durante las tientas ilegales.

En el registro practicado en todo el recinto se localizaron diez animales que presentaban determinadas lesiones y quedaron depositados en el reñidero para su posterior análisis por los veterinarios, y actualmente se está a la espera de los informes para poder determinar si los responsables de la organización de estas peleas podrían haber incurrido en un delito relativo a la protección de la flora, la fauna y los animales domésticos.

Los agentes de la Policía andaluza y de la Policía Nacional de El Puerto también comprobaron que el organizador del espectáculo disponía de alguna de la documentación necesaria para ello, aunque el certificado de desinfección del reñidero era de fecha 7 de diciembre de 2009, y además prácticamente duplicaba el aforo autorizado para un máximo de 57 personas.

Las actas extendidas han sido remitidas al Servicio de Juego y Espectáculos de la Junta de Andalucía para la tramitación de las correspondientes infracciones administrativas detectadas.

Por parte de la UPR, también se identificó a todos los asistentes y se instruyeron un total de 10 actas por tenencia de armas blancas y por drogas.

Los organizadores de estas riñas clandestinas de gallos, en las que se suelen apostar elevadas cantidades de dinero, podrían incurrir en un delito de maltrato animal. La Ley 11/2003 de Protección de Animales de la Comunidad Autónoma Andaluza prohíbe mantener a los animales en instalaciones indebidas desde el punto de vista higiénico sanitario, así como en recintos donde no puedan estar controlados y vigilados. En cuanto a las peleas de gallos, solo están permitidas aquellas de selección de cría para la mejora de la raza y su exportación en criaderos y locales autorizados con la única asistencia de sus socios. La resolución de 2004 refleja que sólo las peñas o asociaciones de criadores de gallos inscritas en los registros de la Junta pueden organizar las tientas.

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