El tiempo en: Benalmádena

Almería

Sustraen unos 700 euros en cableado al Ayuntamiento de Huércal-Overa

El Juzgado de lo Penal número 2 de Almería ha condenado a penas que oscilan entre los diez y 20 meses a los tres acusados

Publicidad Ai
Publicidad Ai Publicidad Ai
  • Ayuntamiento de Huércal-Overa -

El Juzgado de lo Penal número 2 de Almería ha condenado a penas que oscilan entre los diez y 20 meses a tres hombres acusados de un delito de hurto después de que se hicieran con seis rollos de cableado valorado en unos 700 euros del almacén municipal de Huércal-Overa (Almería) mientras que los técnicos del Consistorio se encontraban en su interior.

El fallo, sobre el que cabe recurso de apelación ante la Audiencia Provincial, impone 20 meses de prisión a I.G.A. por estos hechos al tener en cuenta la agravante de "multirreincidencia", ya que sobre el mismo pesan fallos anteriores dictados por tribunales de otras provincias por otros delitos de hurto; mientras que para el resto de acusado se imponen penas de diez meses de cárcel.

Los hechos, según la sentencia consultada por Europa Press, tuvieron lugar en mayo de 2015 cuando los acusados se dirigieron pasadas las 14,00 horas a la nave propiedad del Ayuntamiento y tras entrar en la parte destinada a almacenar material eléctrico, echaron "seis mangueras de cable por encima de la valla", con lo que posteriormente las recogieron con la furgoneta y huyeron del lugar, si bien fueron interceptados por agentes de policía antes de que pudieran alcanzar la autovía A-7.

El juez Fermín Javier Villarrubia tuvo en cuenta el testimonio aportado por el electricista municipal y encargado del almacén, quien narró que llegó a ver a los sospechosos en la puerta cuando él salía de otras instalaciones y le preguntaron si allí "vendían chatarra", a lo que este contestó en sentido negativo.

En este sentido, y tras observar cómo abandonaban el lugar, el responsable de la nave vio como la furgoneta "daba la vuelta" y los acusados "recogían apresuradamente" la carga que habían lanzado previamente por encima de la valla, aunque este último aspecto no fue visto directamente por el testigo.

No obstante, el magistrado incide en que los datos aportados en con su testimonio son "concluyentes" a la hora de determinar el hurto y "no puede deducirse otra cosa" al respecto, ya que los acusados fueron vistos en la misma puerta del almacén en el que se guardaban las mangueras de cable, unas "muy concretas" que se ubicaban justamente del lugar del que el empleado vio salir a los acusados.

Asimismo, remarca el juez la trayectoria que siguieron los acusados cuando abandonaron el lugar, dando un rodeo y llegando hasta el lugar donde se encontraba el material para cargarlo y huir del sitio, lo que supone "una actitud que evidencia la conducta delictiva".

Frente a esto, no se ha dado veracidad a las declaraciones de los acusados, quienes se negaron a declarar en fase de instrucción, y quienes en el acto de juicio indicaron que las mangueras fueron encontradas casualmente en el sitio, de modo que no fueron ellos quienes las lanzaron por encima de la valla.

TE RECOMENDAMOS

ÚNETE A NUESTRO BOLETÍN