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Asociación de víctimas del 100% Fun critica el proceso judicial

En el cual, la empresa eléctrica podría aparecer en las actuaciones judiciales como "víctima"

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  • 100% fun -

La Asociación de Afectados y Fallecidos por el accidente en el hotel 100% Fun de Tarifa han indicado que "la jueza de Instrucción número 4 de Algeciras rechazó mediante providencia de fecha 11 de noviembre de 2017 la personación como perjudicada de ENDESA en la causa judicial abierta por el accidente registrado en un Centro de Transformación de alta Tensión sito en Tarifa, el pasado 5 de agosto de 2017, cuando murieron dos jóvenes y resultaron heridas otras seis personas, algunas de ellas de especial gravedad. Uno de ellos aún continúa en la UCI del Hospital La Paz de Madrid". 

La Asociación ha indicado que "en la providencia, la titular del Juzgado resuelve: "No da lugar a la personación de la interesada en este momento procesal”. ENDESA recurre en reforma dicha decisión, alegando que ha sufrido daños en el referido centro de transformación de alta tensión y que ese motivo justifica su personación en las actuaciones en calidad de perjudicado. Tenemos que recordar al respecto que es precisamente la deflagración producida por dicho centro de transformación la que ocasiona los graves daños a los que antes nos hemos referido". 

Asimismo, el colectivo ha apuntado que "por tanto, a priori, resulta difícil comprender, al menos para los heridos y sus familiares, que la propietaria del referido centro de transformación (ENDESA) pueda aparecer en las actuaciones judiciales como “víctima” de los daños que ella misma ha provocado. Sin duda serán las diligencias de investigación acordadas por la magistrada que en estos momentos se están instruyendo, las que vengan a aclarar las causas del accidente, y con ello, en qué condición deberá personarse la empresa distribuidora de energía eléctrica (en calidad de imputada, responsable civil, perjudicada, etc.)". 


Los representantes de los afectados y fallecidos han apostillado que "Lo que si resulta evidente de las actuaciones que ya han sido practicadas, es que el referido centro de transformación acumulaba un considerable número de años de servicio y que su ubicación en el hotel no era la más adecuada. Así, junto a las eventuales responsabilidades que pudieran exigirse al centro hotelero, resulta evidente que la actividad de prevención la distribuidora de energía, además de incidir en el control y las revisiones de dichos equipos, debió extenderse a su buen funcionamiento, y a garantizar que dichos equipos contasen con las medidas de seguridad oportunas y en óptimas condiciones frente a los sobrecalentamientos (previsible causa de la deflagración), como para evitar los hechos vividos el pasado día 5 de agosto".

Los afectados y familiares de los heridos y fallecidas han manifestado su malestar cuando han conocido la pretensión de ENDESA, pues sin duda, consideran que ellos son las verdaderas víctimas de lo sucedido, dejando claro que su intención en estas actuaciones, además de solicitar las responsabilidades que correspondan, es el que se tomen las medidas oportunas por las administraciones competentes, para que hechos como los enjuiciados no se vuelvan a repetir.

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