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Sevilla

Absueltos los 34 miembros del SAT por la ocupación en La Rinconada

La sentencia asegura que "no quedan probados los hechos objeto de las presentes actuaciones" que se remontan a 2008

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  • Óscar Reina, portavoz del SAT, junto a Diego Cañamero en una sesión del juicio. -

El Juzgado de lo Penal número 4 de Sevilla ha absuelto a los 34 miembros del Sindicato Andaluz de Trabajadores (SAT) de los delitos de coacciones y daños de los que fueron acusados por la Fiscalía por su actuación en una finca de la localidad sevillana de La Rinconada durante una huelga en 2008.

La sentencia, a la que ha tenido acceso Efe, asegura que "no quedan probados los hechos objeto de las presentes actuaciones" después de que al final del juicio, celebrado entre el 11 y el 18 de junio, el fiscal pasase de solicitar 23 meses de cárcel para cada encausado a retirar su acusación y pedir la absolución de todos.



Los hechos enjuiciados ocurrieron del 25 al 27 de noviembre de 2008 en la finca La Jarilla, en La Rinconada, donde el SAT convocó una huelga para protestar por el despido de varios trabajadores.

"Nadie puede ser condenado si no se ha formulado contra él una acusación de la que haya tenido oportunidad de defenderse de manera contradictoria (...), lo que a su vez significa en última instancia que ha de existir siempre correlación entre la acusación y el fallo de la sentencia" explica el tribunal.

"Dado que en el presente caso el Ministerio Fiscal, a la vista de la prueba practicada, ha retirado la acusación en su día formulada contra los acusados, y no existiendo acusación particular, se hace necesario un pronunciamiento absolutorio", añade la sentencia, fechada el 19 de junio.

La defensa de la mayoría de los sindicalistas, a cargo de David Rodríguez, ya había solicitado la libre absolución de sus clientes basándose en que el Tribunal Supremo había archivado el mismo caso contra uno de los máximos responsables del SAT, Diego Cañamero, aforado entonces al ser diputado.

Durante las cuatro sesiones del juicio, ninguno de los acusados acudió al juzgado ni prestó declaración ante la magistrada, ya que tenían derecho a ello al ser la petición de condena inferior a dos años, y los testigos, la mayoría jornaleros de la finca, no pudieron concretar con nombres y apellidos quién les impidió trabajar.

En sus conclusiones, el fiscal retiró las acusaciones contra todos los procesados e interesó una sentencia absolutoria basándose en que "no se puede criminalizar la conducta de un grupo, sino la de un individuo", y esa individualización "no ha quedado acreditada".

"Se ha probado que se causaron desperfectos en los accesos a la finca y la maquinaria agrícola, pero también que los acusados ejercían su derecho a manifestarse. No se ha probado quiénes fueron los autores materiales de los daños ni quiénes impidieron trabajar a los jornaleros", reconoció el fiscal.

El representante del Ministerio Público también recordó que las tres acusaciones iniciales se habían reducido a una sola porque los "principales perjudicados", la sociedad propietaria de la finca y el dueño de un tractor dañado, habían "desistido de la acción penal y también de la civil" una vez que fueron resarcidos del perjuicio económico que sufrieron.

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