El tiempo en: Benalmádena

Jerez

El 70% de las obras menores podrán iniciarse de forma inmediata

La nueva norma generaliza y amplia el uso de la Declaración Responsable con la consiguiente reducción de casos en que sea necesaria la licencia urbanística

Publicidad AiPublicidad AiPublicidad Ai Publicidad Ai Publicidad AiPublicidad AiPublicidad AiPublicidad AiPublicidad Ai
Cargando el reproductor....

El teniente de alcaldesa y delegado de Urbanismo, José Antonio Díaz, ha informado hoy en rueda de prensa sobre la nueva Ordenanza Municipal Reguladora de Declaraciones Responsables de Obras y Comunicaciones que ha elaborado el Ayuntamiento mediante la cual se amplía de forma considerable los supuestos para ejecutar obras mediante Declaración Responsable, reduciéndose en consecuencia los casos  en los que se requiera la licencia urbanística (autorización previa obligatoria). De esta forma, la futura ordenanza, que comienza ahora su tramitación, permitirá que el 70% de las obras menores que se soliciten en Urbanismo se inicien de forma inmediata.

Como ha explicado el teniente de alcaldesa, esta nueva ordenanza se enmarca dentro del objetivo del Gobierno de facilitar los procesos de concesión de licencias urbanísticas y eliminar trabas administrativas. “Se trata de una norma ambiciosa, adaptada a los cambios legislativos que se han ido realizando a nivel autonómico y estatal, y mediante la cual se generalizará el uso de la Declaración Responsable y se articularán mecanismos eficaces y eficientes para facilitar a ciudadanos y empresarios que puedan llevar a cabo obras de forma inmediata”.

Esta Ordenanza será de aplicación en aquellas obras en edificaciones que no necesiten de proyecto técnico conforme a la Ley 38/1999, de 5 de noviembre de Ordenación de la Edificación  (LOE), siempre y cuando no alteren la configuración arquitectónica o supongan cambios en  los usos característicos del edificio, incluyendo las obras de  reparación o reforma que no afecten a la estructura, a la disposición interior o no modifiquen el aspecto exterior.


La aprobación de esta ordenanza supondrá la derogación de la actual, denominada Ordenanza Municipal del Procedimiento de Licencia de Actuaciones Urbanísticas Comunicadas, que regulaba los actos comunicados de obras en determinadas casos.

El primer paso en la tramitación de esta nueva norma será someter a consulta pública previa por un plazo de quince días para hacer efectiva la participación de los ciudadanos en este procedimiento.  Una vez pasado este trámite,  se llevará a Pleno para su aprobación inicial.

La Declaración Responsable

Como ha explicado el teniente de alcaldesa, la nueva ordenanza amplía los supuestos para ejecutar obras mediante la presentación del documento denominado Declaración Responsable, mediante el cual, el interesado manifiesta bajo su responsabilidad de que la actuación cumple con los requisitos exigidos en la citada Ordenanza y que dispone de la documentación exigida.

La presentación de la Declaración Responsable permite iniciar la obra de forma directa, haciéndose el control posteriormente; “sólo es necesario comunicar que se va a iniciar una actividad y a continuación ésta se puede poner en marcha de forma inmediata, debiendo de tener toda la documentación en regla para cuando la administración realice el control posterior. Ello no exime que en determinados casos el Ayuntamiento requiera información mientras se esté ejecutando la obra”, ha señalado Díaz”.

Obras que se podrán ejecutar con Declaración Responsable

José Antonio Díaz ha detallado los supuestos en los que se amplía el uso de la Declaración Responsable según el tipo de edificación y la ubicación, citando en primer lugar, obras en locales y establecimientos comerciales destinadas al acondicionamiento de los mismos para desempeñar una actividad comercial en aquéllos cuya superficie útil de exposición y venta al público no sea superior a 750 metros cuadrados y que no requieran la redacción de un proyecto técnico; por ejemplo,  adaptaciones, ejecución de aseos, redistribución del local, y otras similares.

En el centro histórico se incluyen dos supuestos; en fincas no catalogadas donde se vayan a ejecutar obras interiores que no necesite de proyecto técnico; y en fincas catalogadas no declaradas como Bien de Interés Cultural (BIC); en este supuesto, se trata de obras relativas al estricto mantenimiento en las condiciones de seguridad, salubridad y ornato público de las edificaciones.

Respecto a las obras en viviendas, se podrán ejecutar de manera inmediata mediante Declaración Responsable obras interiores que no necesiten de proyecto técnico, siempre que no alteren su configuración arquitectónica y estructural o no afecten a la disposición interior como reparaciones en cubierta, revestimientos, sustitución de solería, baños, instalaciones, modificación puntual de tabiques y otras.

También se incluyen en la Ordenanza obras de acondicionamiento en establecimientos con actividades ya existentes y legalmente autorizadas sujetas a Calificación Ambiental (CA), que no requieran proyecto técnico y tengan el carácter de modificación no sustancial; asimismo, se contemplan actuaciones de acondicionamiento en establecimientos para el desarrollo de una nueva actividad sujetas a Calificación Ambiental (CA) o a Calificación Ambiental mediante declaración responsable (CA-DR) que no sean objeto de proyecto técnico.

La nueva norma recoge también obras en edificaciones situadas en suelo no urbanizable que no tengan especial protección, y siempre que no precisen de proyecto técnico, como en el resto de supuestos.

Además, la futura norma incluye otros supuestos varios, entre los que se incluyen obras destinadas a la adaptación o mejora de la accesibilidad, siempre que no se invada la vía pública; derribo de construcciones; desmontaje de cubiertas ligeras; determinadas actuaciones en espacios no edificados de propiedad privada o en edificios no catalogados o protegidos fuera del centro histórico.

Asimismo, podrán tramitarse mediante una Declaración Responsable la colocación de instalaciones auxiliares en la vía pública necesarias para la ejecución de las obras sometidas a declaración responsable o con previa licencia urbanística.

Comunicaciones

La norma también generaliza el uso de las comunicaciones, que son documentos suscritos por el interesado mediante el cual pone en conocimiento del Ayuntamiento datos personales y de interés para llevar a cabo una serie de actuaciones, como son cambios de titularidad de una licencia o declaración responsable en vigor o prórrogas de licencia para inicio o ejecución de obras o de vigencia de la declaración responsable.

Por último, el delegado ha subrayado la intención del Gobierno de unificar en un sólo documento todas las ordenanzas relativas a licencias urbanísticas, siendo esta relativa a Declaraciones Responsables “un primer paso en nuestro objetivo de ser más ágiles y de dar respuesta inmediata a ciudadanos y empresarios”.

TE RECOMENDAMOS

ÚNETE A NUESTRO BOLETÍN