La Sección Tercera del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) ha dado cinco días de plazo a las partes en el procedimiento que debe dirimir la conformidad o no a derecho de la licencia de obras del hotel de Azata del Sol en el paraje de El Algarrobico, en Carboneras (Almería) para que se pronuncien después de que Ecologistas en Acción y Salvemos Mojácar hayan desistido del incidente promovido para pedir la nulidad por presuntas irregularidades de la vista celebrada en audiencia pública el 14 de enero.
La providencia comunica el desistimiento del incidente de nulidad de actuaciones por parte de ambos colectivos ecologistas a la promotora del hotel, Ayuntamiento de Carboneras, Junta de Andalucía y Abogacía del Estado para que formulen "las alegaciones que tengan por convenientes" al respecto y mantiene la suspensión del plazo para dictar sentencia que acordó el 27 de marzo, según han indicado a Europa Press fuentes judiciales.
Ecologistas en Acción y Salvemos Mojácar presentaron un incidente de nulidad de actuaciones en el procedimiento sobre la licencia municipal de obras en el que pedían que se retrotrajesen las actuaciones al momento anterior a la celebración de la vista del 14 de enero por presuntas "irregularidades" en la designación del tribunal que debe decidir si confirma o revoca el fallo por el que en 2008 un juzgado de Almería ordenó la revisión de oficio de la licencia por vulnerar la Ley de Costas y la normativa ambiental del parque natural de Cabo de Gata-Níjar.
En concreto, argumentaron que el TSJA acordó el 6 de noviembre de 2013 designar como presidente y nuevo ponente al magistrado Rafael Toledano Cantero debido a la baja por enfermedad de la hasta entonces ponente, la magistrada María del Mar Jiménez Morera, y se acordó celebrar juicio sin que ninguna de las partes lo hubiese solicitado.
Señalan que citada ponente se incorporó a su destino antes de la celebración del juicio, por lo que, según dicen, debió de ser la juez María del Mar Jiménez Morera quien decidiera si se celebraba o no el juicio, y quien participase en él, en caso de celebrarse, por lo que se habrían incumplido presuntamente las Normas de Sustitución de Magistrados y Reparto por las que re rige el TSJA. Sostienen, además, que el juez ordinario en esa causa es la citada ponente por lo que, a su juicio, se está "vulnerando" el artículo 24 de la Constitución "por privación del derecho fundamental al juez ordinario".
SENTENCIA QUE DECLARA URBANIZABLE EL PARAJE
En el transcurso de la tramitación de este incidente de nulidad, la promotora del hotel Azata del Sol rechazó que se anulase la vista y pidió que se incorporase al procedimiento sobre la licencia la sentencia que en marzo declaró urbanizable el suelo al estimar que es "extraordinaria relevancia" y que, al incluir los terrenos en la zona D2 de la planimetría del parque natural de Cabo de Gata-Níjar, "vendría a confirmar la legalidad de los permisos otorgados en 2003 para la construcción del hotel".
Solicitó, asimismo, que se multase a Salvemos Mojácar y Ecologistas en Acción por "temeridad jurídica" al presentar un incidente de nulidad cuya desestimación es "fácilmente predecible" y que tenía como consecuencia "la demora innecesaria en la conclusión de un dilatado procedimiento como el que nos ocupa".
Por su parte, Ayuntamiento de Carboneras también se opone a que se anule la vista presidida por el magistrado Rafael Toledano porque la "irregularidad denunciada no se acredita, puntualiza, determina o vincula a ningún perjuicio", por lo que, según remarca, "la pretendida indefensión carece de relevancia constitucional".
RECUSACIÓN
Por otro lado, la misma sección del Alto Tribunal andaluz aún no ha admitido a trámite el escrito de recusación presentado por Ecologistas en Acción y Salvemos Mojácar contra los magistrados que han de dictar sentencia sobre la licencia de obras del hotel de Azata del Sol en El Algarrobico y también sobre la normativa municipal de Carboneras (Almería) donde el sector ST-1 sobre el que se levanta aparece como suelo urbanizable.
Así, para decidir y en la misma providencia según han indicado fuentes judiciales, ha dado dos días de plazo a ambos colectivos para subsanar defectos en la presentación del citado escrito en el que se alega que los jueces son objeto de la querella criminal por presunta prevaricación elevada ante el Tribunal Supremo (TS) por la resolución del 25 de marzo en la que declaran urbanizable los sectores ST-1 y ST-2 del paraje del Algarrobico y los ubica al margen de la protección ambiental del parque natural de Cabo de Gata-Níjar.
Los mismos jueces de la Sección Tercera autores de esta sentencia, la primera que se pronuncia en este sentido, deben fallar sobre la adaptación de las Normas Subsidiarias (NNSS) a la Ley de Ordenación Urbana de Andalucía (LOUA) que en 2009 hizo el anterior equipo de gobierno de Carboneras, liderado por el socialista Cristóbal Fernández, y en la que se calificaba el suelo sobre el que se asienta el hotel como "urbanizable", así como el sector adyacente, donde se prevé un residencial con 250 viviendas.