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Independentismo electoral fantasmagórico en Cataluña 2023

Si se precisa un “pacto de Estado”, es este el momento de aprobar una nueva ley electoral y someter el asunto al electorado

Publicado: 10/09/2023 ·
21:21
· Actualizado: 10/09/2023 · 21:22
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Autor

Rafael Fenoy

Rafael Fenoy se define entrado en años, aunque, a pesar de ello, no deja de estar sorprendido cada día

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En este blog se pretende compartir análisis, reflexión y algo de conocimiento contigo persona lectora

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Mucho se dice, se escribe, como para que este texto abunde en tema muy manido. Pero no he encontrado, posiblemente se haya dicho o escrito, un análisis claro de por qué Cataluña NO ES INDEPENDENTISTA. Y que poca vergüenza tienen quienes mienten descaradamente intentando representar a una “nación catalana” inexistente. La situación actual es que los 7 escaños conseguidos por Junts están condicionando o determinando, según se mire, la formación del nuevo gobierno del Estado español.  ¿Qué nivel de representación tiene Junts en el conjunto del electorado del Estado? Junts obtuvo 392.634 votos. Con respecto al censo electoral general tiene 1,2% de representación Con menos de 100.000 votos obtuvo los mismos diputados que SUMAR y el PP con más de 70.000 votos obtuvo un diputado menos y por debajo, Vox con 120.000 votos menos que Junts, solo obtuvo 2 diputados. ¿parece lógico este reparto? Por ejemplo Junts en toda Cataluña tiene 7 diputados, casi los mismos votos que los que en una sola provincia andaluza (Sevilla) obtuvo el PSOE que consiguió 5, ¿Parece esto razonable? Con los datos electorales es posible permite dimensionar la representación del independentismo en Cataluña. En Cataluña votaron 3 millones, 300 mil personas. En Barcelona votaron más de 2 millones y medio de personas y esto representa el 76% de todos los votantes catalanes. Los resultados en la ciudad condal son evidentes, Barcelona NO ES INDEPENDENTISTA. De esos 2 millones y medio de votantes apoyan a fuerzas constitucionalistas 2 millones. No solo Barcelona, las cuatro provincias catalanas son mayoritariamente anti-independentistas, ya que los partidos constitucionalistas alcanzan los apoyos siguientes: Lérida, el 60,8; Tarragona, el 72,3; Gerona, el 62,2; y Barcelona, el 76,7 por ciento, respectivamente. Conviene circunscribirse a este panorama para no calificar a Cataluña como independentista y de paso observar cómo, con una representación exigua, se puede poner en jaque al Estado.  Unas nuevas elecciones no mejoraran el panorama, si previamente no se reforma la ley electoral. En el actual congreso sería posible que las fuerzas constitucionalistas aprueben una reforma electoral que presida las siguientes elecciones de forma que cada cual quede representado en el parlamento y senado por el real apoyo recibido, no sólo en su provincia, sino en toda España. Cálculos, correcciones, fórmulas hay que encontrarlas para que la representación sea la justa. Que el reparto de escaños según la ley electoral está mal diseñado es una obviedad desde hace décadas. Acuérdense de que IU con más de 2 millones de votos en todo el estado casi se queda sin representación parlamentaria. El tema de restos, la ley de Ohm etc… pueden ser mecanismos que ayuden a establecer el reparto de representación, pero la ley electoral debe contemplar los números de votantes en todo el estado de forma que la ecuación contemple este elemento objetivo de apoyo popular a una determinada opción política.  No obstante conviene relacionar la influencia de cada opción política dependiendo del asunto del que se trate. Hay aspectos del cotidiano discurrir, que aunque son de mucha importancia, es evidente que afectan al conjunto de la población pero no a la estructura del Estado, es decir, al pacto social por el que se conforman los pueblos. Por ejemplo la gestión medioambiental, impuestos, justicia, consumo…  Pero tocando temas esenciales para la conformación del Estado, como pretende el independentismo, se requiere la precisión de hacer un distingo en cuanto a la toma de decisiones.  De lo que pretende Junts con la amnistía es evidente el atropello. El ordenamiento jurídico debe ajustarse al principio de la división de poderes y la no retroactividad de las leyes.  Una sentencia emitida con una ley en vigor no puede ser corregida con otra ley futura. Y ahí es donde nacen algunas de las mayores contradicciones del sistema porque de hecho la división de poderes es inexistente.  El caso de la aplicación de ventajas penales, por nuevas leyes a cosas ya juzgadas anteriormente, no tienen justificación posible, salvo que aquella ley que se aplicó fuese anticonstitucional, con lo cual su alcance sería nulo y las sentencias pronunciadas serían nulas también.  Volviendo al asunto que ocupa y a muchas personas preocupa, hasta qué punto es justificable una amnistía para el huido de la justicia que lo reclama para ser juzgado por malversación agravada y desobediencia. Pretende el Sr Puigdemont que desaparezca el delito de malversación, ya que afirma que no hubo ánimo de lucro. La reciente respuesta del Tribunal Supremo a esta pretensión es que confirma el procesamiento del expresidente catalán por los delitos antes citados, incluso teniendo en consideración la última reforma del Código Penal impulsada en 2022 por el Gobierno, que derogó el delito de sedición. El alto tribunal le responde a Puigdemont que lo que tipifica el delito que se le imputa no sólo exige “la voluntad de un enriquecimiento personal”, sino la intención de “obtener cualquier tipo de beneficio, aprovechamiento o satisfacción”. Y evidentemente, ampliamente satisfecho está el Sr Carlos Puigdemont, vista su trayectoria en estos últimos 5 años y medio huido de la justicia española.  La existencia de este asunto de la respuesta al independentismo: todo el Proces, los indultos, la actual compra venta de votos de cara a la próxima investidura, la petición de amnistía… tiene un origen definido y bastante simple de resolver. Si hay voluntad en el parlamento para renovar la ley electoral de forma que esta permita definir con mayor precisión la representación de todo el pueblo español, la presencia de Junts sería del 1,2% del censo total. Y debe ser así porque las propuestas que se hacen afectan a toda la población del estado, no sólo a quienes fueron a votar. Si se precisa un “pacto de Estado”, es este el momento de aprobar una nueva ley electoral y someter el asunto al electorado. Ya que se pregunta de nuevo a la ciudadanía ¿por qué no aprovechar y al mismo tiempo se zanja este asunto con un referéndum vinculante a escala nacional? Cuando los partidos independentistas reciban la contundente voluntad de seguir juntos, de la inmensa mayoría del pueblo español, no les quedará más remedio que hacer las maletas o con-formarse. Pero de una vez por todas el tema queda zanjado.

Fdo Rafael Fenoy

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