El Tribunal Supremo ha rebajado 6 meses la condena a una mujer miembro de un grupo de tráfico de drogas en la costa de Huelva al no aplicar el agravante de reincidencia por falta de concreción de la fecha de una sentencia anterior, por lo que queda condenada a 4 años y seis meses de cárcel.
En la sentencia, a la que ha tenido acceso Efe, la Sala de lo Penal del Tribunal Supremo admite parcialmente el recurso de casación interpuesto por la defensa de esta mujer contra la sentencia de la Audiencia Provincial de Huelva que la condenaba a cinco años de cárcel por un delito consumado contra la salud pública por comercialización de sustancias psicoactivas productoras de grave daño a la salud.
Esta mujer fue condenada dos años más que el resto de los miembros de la organización, otras cuatro personas, al aplicársele el agravante de reincidencia al observar la Audiencia Provincial una sentencia posterior en la que se le condenaba por hechos similares.
La Sala del Tribunal Supremo considera que la Audiencia ha establecido "indebidamente" pena, tal y como aduce la defensa en su recurso, ya que no establece en su escrito la fecha en que dicha sentencia anterior alcanzó firmeza, si fue antes o después de que cometiera estos hechos, por tanto no le es aplicable el agravante.
Por ello, el TS casa y anula la sentencia de la Audiencia y reduce la pena de esta mujer seis meses de prisión, por lo que queda condenada a 4 años y seis meses de prisión.
La reducción es sólo de seis meses a pesar de no aplicársele la agravante porque considera que esta mujer realizada la actividad ilícita con "persistencia y reiteración" y en el plano personal ha sido objeto de una condena por un delito de la misma naturaleza, aunque no actué como reincidencia.
Los hechos por los que esta mujer fue condenada se remontan a 2009 cuanto ella y cuatro personas más se dedicaban a la venta de cocaína, heroína y marihuana y ella era la encargada de la venta al menudeo en pueblos costeros de la provincia de Huelva
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