El juzgado de lo contencioso número 1 de Huelva ha absuelto al Ayuntamiento de Lepe (Huelva) de cualquier indemnización a una vecina de la localidad que le reclamaba daños por una caída, al entender la sentencia que cuando cayó al suelo fue "por falta de diligencia al caminar".
La sentencia, a la que ha tenido acceso Efe, se refiere al accidente que sufrió la vecina del municipio J.A.M. en el 2008, cuando caminaba por la calle Arcos del municipio, en la zona centro de la localidad.
La mujer denunció que metió el pie en un alcorque de protección de arbolado en el que no había árbol alguno, y que, como consecuencia de la caída, sufrió una lesión consistente en una fractura del metacarpiano.
Por este motivo, la mujer demandó al Ayuntamiento de la localidad, y subsidiariamente a su compañía aseguradora, a los que reclamaba una indemnización de 10.228,62 euros en concepto de daños y perjuicios.
Sin embargo, el juez entiende que en este caso hay una "falta de diligencia al transitar por la calle", además de que en el proceso no ha quedado demostrado que haya "nexo de causalidad", de modo que no pudo certificar que el tipo de caída correspondía a las lesiones que había acreditado.
La sentencia es firme, y absuelve al Ayuntamiento de todos los conceptos que la mujer había plasmado en su denuncia ante la Guardia Civil.