El tiempo en: Benalmádena

Cádiz

Confirmados cuatro años y medio de cárcel por abuso sexual a la hija de su pareja en Cádiz

Los hechos se produjeron entre diciembre de 2019 y mayo de 2020, cuando el acusado, pareja de la madre de la menor, vivía en el mismo domicilio

Publicidad Ai
Publicidad AiPublicidad AiPublicidad AiPublicidad AiPublicidad Ai
Publicidad Ai Publicidad Ai
Andaluc�a Informaci�nPublicidad AiPublicidad Ai
  • Audiencia Provincial de Cádiz -

El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) ha ratificado la condena dictada por la Sección Cuarta de la Audiencia Provincial de Cádiz contra un hombre por un delito de abuso sexual continuado cometido sobre la hija de su entonces pareja, de 13 años de edad.

En la sentencia del TSJA, recogida por Europa Press, señala que los hechos se produjeron entre diciembre de 2019 y mayo de 2020, cuando el acusado, pareja de la madre de la menor, vivía en el mismo domicilio y en varias ocasiones, aprovechando que se encontraban solos, le realizó tocamientos que la menor esquivó quitándole la mano o marchándose a su cuarto.

Finalmente, tras contarle lo sucedido a una amiga que le recomendó decírselo a su madre, no se lo dijo hasta octubre de ese año, rompiéndose por ello la relación entre la madre y el acusado.

Una vez condenado por la Audiencia Provincial de Cádiz a cuatro años y medio de prisión por un delito continuado de abuso sexual a menor de 16 años con prevalimiento de una relación de superioridad y parentesco, recurrió ante el TSJA alegando vulneración del derecho a la tutela judicial efectiva por ausencia de motivación suficiente, e infracción del principio de presunción de inocencia por no existir prueba de cargo suficiente que acredite la culpabilidad del acusado.

Por su parte, el TSJA ha estimado que la sentencia de instancia cumple sobradamente las exigencias impuestas por el principio de tutela judicial efectiva, así como que no se acredita que el tribunal de instancia incurriera en ningún error patente en la valoración de las pruebas que se deba corregir, y la convicción alcanzada por el mismo, sobre la base de pruebas de cargo de indudable valor incriminatorio, resulta a todas luces lógica y coherente. Por todo ello ha desestimado el recurso y ratificado la condena impuesta por la Audiencia Provincial.

TE RECOMENDAMOS

ÚNETE A NUESTRO BOLETÍN