El tiempo en: Benalmádena

Campo de Gibraltar

PSOE, PIBA y LBSSP impugnan la iniciativa para ir a Estrasburgo

Consideran que la forma en que se llevó al pleno no es legal

Publicidad AiPublicidad AiPublicidad Ai
Publicidad Ai
Publicidad AiPublicidad Ai
  • Pleno de Los Barrios -

Los grupos de PSOE, PIBA-2000 y Los Barrios Sí Se Puede (LBSSP) han firmado y presentado hoy miércoles, 27 de julio, un escrito a través del registro de entrada del Ayuntamiento contra la iniciativa promovida por Jorge Romero y su equipo de gobierno para llevar hasta el Tribunal Europeo de Estrasburgo (TEDH) el asunto de los despidos de trabajadores efectuados en febrero de 2012.

PSOE, PIBA-2000 y LBSSP califican “como no conforme a derecho” el procedimiento a través del cual fue trasladado a pleno y sometido a votación el pasado 11 de julio el expediente que tenía por objeto facultar al alcalde para recurrir ante el mencionado tribunal la sentencia del Tribunal Supremo, de 9 de marzo de 2015, que ratifica la nulidad del despido de José A. Ortega Espinosa –responsable de prensa de la institución municipal– y sienta precedente para declarar nulos los despidos de la mayor parte de los trabajadores cuyas plazas fueron amortizadas hace ya más de cuatro años.

Los tres grupos municipalesestiman que “llevando como se llevó el citado expediente por la vía de urgencia al pleno ordinario de la Corporación se infringió lo previsto en el artículo 82.3 del Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales”.


“Dicho artículo establece claramente que el alcalde, por razones de urgencia debidamente motivada, puede incluir en el orden del día, temas que no hayan sido previamente informados por la respectiva Comisión Informativa, pero tanto desde el PSOE como desde el PIBA y desde LBSSP consideramos que la urgencia de abordar y someter a votación el referido asunto no estuvo debidamente motivadani por razones de plazo (para la presentación del anunciado recurso ante el Tribunal Europeo de Estrasburgo) ni de ninguna otra índole, a pesar de que nos pronunciamos a favor de la urgencia, como hacemos siempre que se lleva a pleno una propuesta a través de esta vía, por cortesía hacia el resto de grupos, aunque no estemos de acuerdo con el contenido y fondo de la misma”, explican los responsables de estas tres formaciones de la oposición al gobierno local andalucista, que creen, además, que“Romero actuó de mala fe y aprovechó la ausencia del portavoz del grupo popular en la sesión  de pleno del pasado 11 de julio para conseguir la aprobación que pretendía con el voto de calidad que la normativa legal le atribuye”.

PSOE, PIBA-2000 y LBSSP también califican como“no conforme a derecho” la aprobación del referido expediente “por no ir acompañado de los informes de la Secretaría General, la Intervención municipal  y la Asesoría Jurídica del Consistorio”, teniendo en cuenta lo preceptuado en el artículo 92.3 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, que dice que “corresponde exclusivamente a los funcionarios de carrera al servicio de la Administración local el ejercicio de las funciones que impliquen la participación directa o indirecta en el ejercicio de las potestades públicas o en la salvaguardia de los intereses generales”. Así como lo contemplado en el artículo 54.3 del Real Decreto Legislativo 781/1986, de 18 de abril, por el que se aprueba el texto refundido de las disposiciones legales vigentes en materia de Régimen Local, que obliga a que los acuerdos para el ejercicio de acciones necesarias destinadas a la defensa de los bienes y derechos de las Entidades locales se adopten“previo dictamen del Secretario, o, en su caso, de la Asesoría Jurídica y, en defecto de ambos, de un letrado”.

Junto a los motivos ya expuestos, Pilar Olivares, en representación del PSOE, Miguel Domínguez, en representación del PIBA, y Rubén Castillo, en representación de Los Barrios Sí Se Puede también alegan “la falta de legitimación activa del Ayuntamiento para recurrir ante la Corte de Estrasburgo, basándose en la normativa que regula el funcionamiento y la organización de este tribunal europeo.

“Dicha normativa –recuerdan los firmantes del escrito– deja muy claro cuáles son las personas físicas o jurídicas ylas entidades que están legitimados activa o pasivamente para ser parte procesal en pleitos ante esta alta instancia judicial europea y en qué supuestos. El Ayuntamiento de Los Barrios no está legitimado activamente para recurrir porque la única administración pública con capacidad para hacerlo es el Estado y porque, además, no ha sido víctima, ni puede serlo, de la violación de ninguno de los derechos que el propio tribunal tiene por cometido proteger y defender”.

“En el caso que nos ocupa –recalcan desde el PSOE, el PIBA y LBSSP– serían los trabajadores despedidos, y no al contrario, como pretende en el colmo de los despropósitos el señor Romero, los únicos legitimados activamente para interponer recurso ante el TEDH por vulneración de sus derechos, de conformidad con lo ya establecido en las sentencias emitidas en primera instancia por los despidos colectivos llevados a cabo por el Ayuntamiento de Los Barrios y falladas por el Juzgado de lo Social de Algeciras”.

En el escrito presentado hoy los tres grupos municipales firmantes solicitan“se deje sin efecto” el acuerdo del pasado 11 de julio hasta que sea revisado y anulado por la Corporación en una próxima sesión de pleno. Asimismo, advierten que recurrirán a los tribunales por la vía contencioso-administrativa si su petición no es tenida en cuenta y se desestima, “al amparo de lo previsto en los artículos 25 y ss. de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, así como el artículo 52 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local”.

TE RECOMENDAMOS

ÚNETE A NUESTRO BOLETÍN