Cuatro años de cárcel por abusos sexuales a una menor de 14

Publicado: 28/04/2019
Cometido en su coche sobre una menor de 14 años, amiga de su hermana, ante "la falta de consentimiento" de la afectada
La Sección Segunda de la Audiencia Provincial de Córdoba ha condenado a una pena de cuatro años de cárcel, con la atenuante de dilaciones indebidas, a un joven de 26 años acusado de un delito de abusos sexuales supuestamente cometido en su coche sobre una menor de 14 años, amiga de su hermana, ante "la falta de consentimiento" de la afectada.

Según recoge la sentencia, facilitada a Europa Press por el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA), los magistrados condenan también al procesado a una orden de alejamiento sobre la menor por tiempo de diez años y que indemnice a la misma en la cantidad de 10.000 euros.

En concreto, se da por probado que el acusado, S.R.J., conoció a través de su hermana, por ser compañeras de clase y de similar edad, a la menor afectada en los primeros días del mes de febrero de 2014, de manera que en los días siguientes, "como quiera que sentían cierta atracción mutua, ambos jóvenes mantuvieron diversos contactos y terminaron concertando una cita para la mañana del día 15 de febrero de 2014".

Dicho día, sobre las 10,00 horas, el varón recogió a la menor en un vehículo en una plaza de un municipio de la provincia y "decidieron ambos, de común acuerdo", desplazarse hasta una urbanización "apartada de la localidad".

En este sentido, se relata que "en un momento determinado ambos empezaron a besarse" y momentos después el procesado le hizo "tocamientos voluntariamente aceptados por la joven", si bien posteriormente ella "le manifestó su oposición y pidió que cesara en tales actos", algo que él "no hizo, continuando los tocamientos", según los jueces, que puntualizan "la oposición reiterada" de la menor.

Ante ello, el procesado "desistió en su propósito" y tras el incidente, ambos volvieron en el vehículo a la localidad, donde ella abandonó el vehículo en el lugar que indicó a su acompañante.

Días después este encuentro fue "comentado, sin que conste la concreta procedencia de la noticia, en diversas redes sociales, entre jóvenes de la localidad".

En este contexto, en el que la joven creía que "se había mancillado su fama" y por otros "problemas previos", ella interpuso denuncia contra el joven. "No se ha acreditado afectación psicológica de cierta entidad derivada de los tocamientos", según señalan los magistrados.

"FALTA DE CONSENTIMIENTO"

No obstante, remarcan que "la declaración de la denunciante no parte de ninguna anomalía física o psíquica de importancia que la invalide, ni que haga dudar de la veracidad del testimonio; es más, dada la edad, en sus declaraciones sumariales y en su declaración en juicio, nos encontramos ante una persona suficientemente madura y con un discurso coherente y razonado", a lo que añaden que "no presenta ninguna fisura, ni la más mínima duda y vacilación en cuanto a lo acaecido".

Asimismo, subrayan que "es manifiesta la falta de consentimiento expresada" por la menor, a lo que añaden que no dudan de "la existencia de cierto aprovechamiento por parte del acusado de las circunstancias de edad de la víctima".

Cabe destacar que la Fiscalía había pedido para el procesado una pena de ocho años de prisión y que se le impusiera una orden de alejamiento de la joven por un tiempo de diez años, así como libertad vigilada posterior a la pena de cárcel durante otros cinco años.

Mientras, la acusación particular calificó los hechos en el mismo sentido que el Ministerio Fiscal, si bien solicitó la pena de diez años de prisión y la indemnización en favor de su patrocinada en la cantidad de 30.000 euros. La defensa pidió la absolución de su cliente.

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