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La Junta delega al Ayuntamiento las competencias de la Fábrica de Artillería y Santa Catalina

Así se resuelve el conflicto desencadenado por una sentencia del TSJA sobre cuatro sectores del Casco Antiguo

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La Consejería de Cultura ha delegado en el Ayuntamiento de Sevilla, finalmente, las competencias relativas a la autorización de obras y actuaciones en los ámbitos del Conjunto Histórico Artístico correspondientes a los sectores La Calzada-Fábrica de Artillería y Santa Catalina-Santiago, que gozan ya de sus respectivos planes especiales de protección plenamente validados. Como ya ocurriera con el subsector 8.1 del Conjunto Histórico, bautizado como Encarnación, esta decisión resuelve, para estas zonas en cuestión, el conflicto desencadenado por la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) que suspendía parcialmente el articulado del planeamiento urbano sobre cuatro sectores del casco histórico.

Mediante dos órdenes formalizadas el pasado 4 de octubre y recogidas por Europa Press, el consejero de Cultura, Paulino Plata, resuelve delegar en el Ayuntamiento de Sevilla, y más concretamente en su Comisión Local de Patrimonio Histórico, las competencias relativas a la autorización de obras y actuaciones en los ámbitos de aplicación de los planes especiales de protección elaborados por la Gerencia de Urbanismo del Consistorio hispalense, para los sectores La Calzada-Fábrica de Artillería (19) y Santa Catalina-Santiago (4).
EL CONSISTORIO RECUPERA LAS COMPETENCIAS

Gracias a estas resoluciones, el Ayuntamiento de Sevilla, gobernado por Juan Ignacio Zoido (PP), recupera unas competencias que hasta el momento ostentaba la Comisión provincial de Patrimonio Histórico, adscrita a la Consejería de Cultura. Y es que tanto los planes especiales de protección, como la delegación de competencias, gozan del respaldo de la Delegación provincial de la Consejería de Cultura, dirigida por Bernardo Bueno.

No obstante, y en ambos casos, esta delegación de competencias estipula una serie de "salvedades" o excepciones, como es el caso de las obras y actuaciones en los monumentos, jardines históricos, espacios declarados "zona arqueológica" y en el ámbito territorial vinculado a actividades de interés etnológico. También quedan exentas de esta delegación de competencias las demoliciones con efectos en "inmuebles inscritos individualmente en el Catálogo General del Patrimonio Histórico Andaluz" o que formen parte del entorno de bienes declarados de interés cultural (BIC). Las autorizaciones o licencias tramitadas por el Ayuntamiento, en cualquier caso, habrán de ser comunicadas a la Delegación provincial de la Consejería de Cultura.

Como se recordará, una sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía mantiene suspendidos varios artículos del vigente Plan General de Ordenación Urbana (PGOU), aprobado en 2006, sobre los sectores del casco histórico de Sevilla que carecen, precisamente, de planes especiales de protección aprobados definitivamente y validados a todos los efectos.

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