El Tribunal Supremo ha anulado la reducción del tiempo de estancia en prisión que la Audiencia Nacional acordó el pasado mes de diciembre respecto del histórico dirigente de ETA Francisco Múgica Garmendia "Pakito" y, de acuerdo con la Fiscalía, deja sin efecto el abono de ocho años que se le restaron del total de treinta de cumplimiento efectivo por la pena que cumplió en Francia por un delito de pertenencia a banda armada entre 1992 y 2000, cuando fue entregado a las autoridades españoles.
Así se señala en un auto dado a conocer este martes por el alto tribunal que cuenta con el voto particular discrepante de los magistrados Ana Ferrer y Luciano Varela, que entienden que existe una duda sobre la interpretación de la Ley que obliga a plantear una cuestión prejudicial ante el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TSJUE).
El auto acoge el criterio del Ministerio Público al considerar que la Audiencia Nacional cometió o "una infracción de ley" al aplicar en este caso la Decisión Marco del Consejo de Europa de 2008 que permitía según este tribunal la reducción de condenas.
Sostenía la Fiscalía que la decisión marco no es una directiva, que tendría carácter vinculante. Su misión, según la acusación pública, es constituirse en "un instrumento para permitir que los estados armonicen sus legislaciones", pero "no armoniza o unifica directamente, por sí misma, tales legislaciones".