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Granada

Condenan a seis años de prisión al dueño de un pub por violar a una cliente en el baño

El TSJA confirma la pena impuesta por la Audiencia Provincial de Granada que lo condenó por un delito de violación y otro leve de lesiones

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  • Real Chancillería de Granada, sede del TSJA y de la Audiencia Provincial de Granada. -

El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) ha confirmado la pena de seis años de prisión y cinco de libertad vigilada para el dueño de un pub en Granada por violar de madrugada, en noviembre de 2019, a una joven de 22 años cuando se encontraba en el baño de señoras, donde también agredió a la chica para conseguir su propósito.

En la sentencia, a la que ha tenido acceso Europa Press, la Sala de lo Civil y Penal del TSJA desestima así el recurso del acusado y confirma la resolución de la Audiencia Provincial de Granada que le condenó por un delito de violación y otro leve de lesiones, por los que también deberá indemnizar a la víctima en 11.140 euros, no podrá comunicarse ni acercarse a ella durante diez años y estará obligado a participar en programas de educación sexual.

El tribunal considera probado que la joven acudió a este establecimiento junto a su novio y una amiga, y que tomó bebidas alcohólicas mientras estuvo allí. En un momento dado, sobre las 3,30 horas, cuando faltaba poco para que el pub cerrara, se dirigió al baño de mujeres.

Cuando estaba sentada en la taza del inodoro entró el procesado, aprovechando que la puerta no tenía pestillo, y se abalanzó sobre ella, tocándole en su zona genital, cogiéndola con fuerza de los brazos y levantándola, cayendo ella al suelo y golpeándose contra el mismo, tras lo cual, tras ser levantada por él, la puso de cara a la pared y la violó.

El acusado niega por completo los hechos que se le atribuyen, manifestando que la chica estaba embriagada y que se dirigió a él diciendo que se le había roto el zapato, pretendiendo más tarde salir a la calle con una botella de cerveza en la mano, lo que él le impidió, y preguntándole después que si la podía acompañar a casa, a lo que no accedió.

Pese a estas declaraciones contradictorias, el tribunal ha dado total credibilidad al testimonio de la joven, dada su consistencia. Además, de los informes periciales aportados a la causa se desprende que tras la agresión presentaba lesiones objetivas compatibles con el relato que hizo de lo que ocurrió aquella noche.

Suma el tribunal la afectación emocional y síntomas de ansiedad reactivos padecidos por la víctima conforme rememoraba los hechos, incluso seis meses después, y el hallazgo de ADN del acusado en la ropa interior de la mujer, motivos todos ellos por los que se confirma la resolución de la Audiencia Provincial que condena a seis años de cárcel al acusado. La sentencia ahora puede ser recurrida al Tribunal Supremo.

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