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Huelva

Condenan al Ayuntamiento de Manzanilla a pagar 10.174 euros a una empleada

Tras reclamar diferencias retributivas, así como solicitar el reconocimiento de su relación laboral como fija y no temporal

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  • Ayuntamiento de Manzanilla. -

El Juzgado de lo Social número 3 de Huelva ha condenado al Ayuntamiento de Manzanilla, actualmente gobernado por el PSOE, a abonar 10.174 euros adicionales a una empleada municipal después de que la misma promoviese un litigio en reclamación de diferencias retributivas, así como solicitaba el reconocimiento de su relación laboral como fija y no temporal.

En la sentencia, contra la que cabe recurso, y a la que ha tenido acceso Europa Press, se recoge que dicha empleada comenzó en 2012 su relación laboral con el Ayuntamiento como dinamizadora del programa Guadalinfo.

Así, este empleada, --a la que ha representado el despacho de abogados de Torollo Arguelles--, presta sus servicios para el Ayuntamiento de Manzanilla desde el 1 de marzo de 2012 hasta la actualidad, a jornada completa.


De este modo, la sentencia le da la razón y explica que se da un "supuesto típico de fraude de ley en la contratación temporal" como es "su utilización encadenada para actividades permanentes", así como remarca que "no cabe esta modalidad contractual para ejecutar tareas de carácter permanente y duración indefinida en el tiempo".

Asimismo, como se recoge en al sentencia se da "una vulneración del principio de igualdad en materia retributiva-misma situación/condición laboral, diferente norma convencional de aplicación y diferente retribución".

Por su parte, el juzgado estima que "se debió, por tanto recurrir a una contratación fija para cubrir la plaza", por lo que recurrir "a la contratación temporal para atender a esas necesidades provoca que tal contrato temporal incurra en fraude de ley", toda vez que se le abonaba "una retribución inferior a la que le correspondería y a diferencia, eso sí, de lo que no les ocurre al resto de sus compañeros de trabajo que realizan análogas funciones".

Así las cosas, el mencionado juzgado ha estimado en su integridad la demanda de esta empleada, indicando que la relación laboral que mantiene, en la actualidad, la trabajadora debe ser calificada como indefinida. Además, declara también que su relación laboral actual tiene que someterse a la aplicación de lo dispuesto en el convenio colectivo del personal laboral del Ayuntamiento de Manzanilla.

Además, ha condenado al Consistorio a que pague a la empleada la cantidad total de 10.174 euros en concepto de diferencias salariales devengadas en el período octubre de 18 a septiembre de 20, así como también debe abonar el diez por ciento de interés anual en concepto de mora, respecto de los conceptos salariales, desde el momento de su devengo hasta la fecha de la sentencia.

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