El Juzgado de lo Contencioso número 2 de Huelva ha condenado al Servicio Andaluz de Salud (SAS) a formalizar con todos sus efectos los contratos eventuales a una profesional de baja por riesgo durante el embarazo y maternidad, a la que sólo se le estaba reconociendo la experiencia laboral.
La sentencia, según ha informado el sindicato SATSE en un comunicado, falla contra la resolución de la Dirección-Gerencia del Área de Gestión Sanitaria Norte de Huelva que desestimaba la reclamación de una enfermera a la que se le denegó el reconocimiento a todos los efectos de los contratos que se le ofertaron por el SAS durante el periodo que estuvo de baja por riesgo durante el embarazo y maternidad.
El fallo judicial detalla cómo la enfermera recurrente durante el periodo de baja laboral por riesgo durante el embarazo y durante la baja por maternidad aceptó una serie de contratos que el SAS computó a los efectos de experiencia laboral y a los que negó otros efectos como cómputo de antigüedad, trienios y alta en la Seguridad Social con el argumento de que se trataba de contratos "virtuales", una "ficción jurídica", tal y como se califica en la sentencia, que al no formalizarse no surten los pretendidos efectos en la medida en que no generaron un vínculo jurídico entre el SAS y la recurrente.
Frente a este posicionamiento de la Adminiuestración, la sentencia recuerda a la Administración su obligación de formalizar los contratos ofertados y aceptados durante la baja por riesgo durante el embarazo y maternidad pues, en caso contrario, se está negando a la profesional sus derechos en cuanto a reconocimiento de servicios prestados y alta en la seguridad social, que deben serles reconocidos.
Por tanto, estima el recurso de la enfermera declarando como "no ajustada a derecho" la resolución de la Dirección-Gerencia del Área de Gestión Sanitaria Norte de Huelva y condenando al SAS a reconocer los derechos los correspondientes a los contratos ofertados y aceptados, considerados virtuales por el SAS, pero que debieron de formalizarse oportunamente a salvo por lo referido a la percepción de retribuciones, y siendo reconocidos los efectos correspondientes al alta en Seguridad social y reconocimiento de antigüedad.
SATSE ha recalcado la importancia de este pronunciamiento para los profesionales que disfruten de su permiso de paternidad o maternidad, lactancia natural o situación de riesgo durante el embarazo, pues la formalización de los nombramientos debe implicar el reconocimiento todos los efectos durante el tiempo del nombramiento que les correspondía, aunque no haya podido hacerse efectiva la prestación del servicio, un derecho que hasta ahora se les venía negando.