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Huelva

Empresarios reclaman bonificaciones a vehículos híbridos y eléctricos

Alegaciones a las Ordenanzas Fiscales del Ayuntamiento de Huelva

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La FOE ha presentado un paquete de alegaciones al Acuerdo Provisional de Modificación de Ordenanzas Fiscales para 2014 del Ayuntamiento de Huelva estando aquellas relacionadas en su mayor proporción con el Impuesto sobre vehículos de tracción mecánica y la Tasa por licencias para apertura de establecimiento. Desde la FOE se quiere, en estos momentos de crisis, que el Consistorio sea especialmente sensible con la realidad empresarial, que requiere una política que favorezca la creación de empresas y la consolidación de las ya existentes. 

En relación con el Impuesto sobre Vehículos de Tracción Mecánica que prevé un 50% de descuento a los vehículos eléctricos de batería, la FOE ha solicitado a tal respecto que esa misma bonificación se haga extensiva precisamente a los que se pretenden excluir, es decir, a los vehículos híbridos y a los eléctricos de autonomía extendida.

Sobre la Tasa por licencias y declaraciones responsables para aperturas de Establecimientos e Inicio de Actividades y Servicios, la FOE pide al Ayuntamiento que no desaparezca ninguna bonificación ya prevista, en concreto tanto si una empresa se ubica en el Ensanche Sur como si lo hacen en zonas periféricas de nuevo desarrollo urbanístico. Es más, se solicita expresamente que para fomentar la actividad empresarial en la ciudad se favorezcan con exenciones la implantación de cualquier empresa sea cual sea la instalación de la misma.

En relación con esa misma Tasa, donde se establece que las empresas de carácter temporal abiertas o en actividad por un período de tiempo que no exceda de 6 meses abonarán sólo el 50%, la FOE considera que esto perjudica considerablemente a la empresa que se establece de forma permanente asumiendo los riesgos que entraña cualquier actividad empresarial, primándose al establecimiento que se instala por cuestiones de oportunidad.


Por último, se ha requerido del Ayuntamiento se deje sin efecto la entrada en vigor de una nueva Ordenanza, en concreto, la reguladora de la Tasa por la Expedición de Resolución Administrativa de Declaración de Situación de Fuera de Ordenación de Edificaciones al no haberse incluido, como exige la Ley Reguladora de Haciendas Locales, una memoria económica financiera sobre el oste o valor del recurso de actividad de que se trate y sobre la justificación de la cuantía de la tasa propuesta.

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