La Sección Primera de la Audiencia de Málaga ha previsto retomar el próximo mes de marzo el juicio a varios policías locales del municipio malagueño de Mijas, acusados de aprovechar su condición de agentes para traficar con drogas, después de que la Sala decidiera anular las escuchas telefónicas y otras pruebas extraídas a raíz de las mismas tras pedirlo las defensas, según han informado fuentes judiciales.
En esta causa hay acusados cinco agentes, que fueron detenidos en noviembre de 2009, los cuales, según la Fiscalía, se aprovechaban de "su condición de funcionarios de la Policía Local de Mijas, la posibilidad de utilización de uniformes, armas, documentos y vehículos oficiales", además de usar información para, supuestamente aparecer en operaciones de desembarco de droga y "apropiarse y lucrarse con el producto de su venta". Además hay otro acusado.
Al comienzo de la vista oral, en el trámite de cuestiones previas, las defensas de los acusados alegaron la nulidad de las actuaciones, al indicar que las escuchas existentes en esta causa proceden de otras llevadas a cabo en un caso distinto, sin que se hubiese incorporado en este procedimiento testimonio de las mismas, ni tampoco los oficios ni las resoluciones judiciales que las autorizaron.
La Sección Primera, a través de un auto, señaló que en este caso "lamentablemente, no se aportaron a las actuaciones en ningún momento los testimonios referidos, lo que ha impedido un control y conocimiento de la legalidad, adecuación, fundamentación y proporción de la medida" y, además de las escuchas, declaró nulos seguimientos y vigilancias, entradas y registros llevados a cabo y las declaraciones de algunos de los ahora acusados.
La Audiencia se basó en un acuerdo no jurisdiccional del pleno del Tribunal Supremo, apuntado por las defensas en las cuestiones previas, en el que se unificó doctrina; y recordó que dicho Tribunal ha declarado en ocasiones que cuando una intervención telefónica tiene su fundamento en otra anterior de un procedimiento distinto "es necesario que consten en las diligencias los testimonios completos relativos a la cadena de solicitudes y autorización judicial".
Ante esta resolución, la Fiscalía de Málaga ha presentado al Tribunal un escrito de alegaciones, al que ha tenido acceso Europa Press, en el que entiende que "no procede la solución dada por la Sala, que resuelve indebidamente las cuestiones previas planteadas". Así, se apunta que esta causa "no es un proceso incoado a raíz de la deducción de testimonio de una causa principal" sino tras "una noticia criminal y conocida de otro procedimiento".
Por esto, se estima que no es de aplicación dicho acuerdo del Supremo, con independencia de que dichas conversaciones puedan "ser impugnadas o rechazadas por cualquier otro motivo vinculado a la vulneración del derecho a la intimidad o al secreto de las comunicaciones". Es por ello, apunta el ministerio fiscal, que "no se renuncia a la prueba, entendiendo que no es de aplicación el referido acuerdo".
No obstante, si se estima que se debe aplicar, con el escrito presentado, esta acusación acompaña los testimonios que no constaban en la causa relativos a los oficios policiales y resoluciones, a los que aludieron las defensas, incidiendo en que no se motivó la denegación de la aportación de los mismos que planteó el fiscal en la primera sesión e instando a la Sala a que los admita. Las sesiones del juicio se han previsto los días 6 y 7 de marzo.