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Provincia de Granada

Fijan para el 5 de noviembre el juicio contra el exalcalde de Agrón por supuesta prevaricación

La Sección Primera de la Audiencia Provincial de Granada ha fijado para el 5 de noviembre el juicio contra el exalcalde de Agrón (Granada), Guillermo López Romero (Independientes por Agrón), por presuntamente permitir la construcción de un edificio que contravenía la normativa

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La Sección Primera de la Audiencia Provincial de Granada ha fijado para el 5 de noviembre el juicio contra el exalcalde de Agrón (Granada), Guillermo López Romero (Independientes por Agrón), por presuntamente permitir la construcción de un edificio que contravenía la normativa al respecto a sabiendas de su ilegalidad.

   La vista estaba programada para este pasado 30 de enero, pero fue suspendido por tercera vez por enfermedad del letrado del acusado. Ya fue suspendida en diciembre de 2013, tras renunciar el entonces abogado del exalcalde a representarlo, y por segunda vez el 28 de octubre del pasado año, por falta de una documentación que no había sido remitida al tribunal por el juzgado instructor.

   El exalcalde, al que el Ministerio Público atribuye un delito continuado de prevaricación urbanística, se enfrenta a tres años de prisión, diez años de inhabilitación especial para empleo o cargo público, y multa de 7.200 euros; o alternativamente un delito de prevaricación urbanística, con dos años de prisión y ocho de inhabilitación; o prevaricación ordinaria, con una pena de ocho años de inhabilitación.


   Según consta en el escrito de acusación provisional del fiscal, al que ha tenido acceso Europa Press, el inculpado, en su condición de alcalde, concedió, en fecha 28 de diciembre de 2006, licencia para la construcción en dos calles del municipio una edificación con tipología de vivienda plurifamiliar (siete viviendas y trasteros), con bajo y dos alturas en una de ellas, y con bajo y tres alturas en la otra vía, a favor de la promotora 'La casona de Agrón'.

   Lo hizo "sin el preceptivo informe jurídico" sobre la adecuación de la licencia a la legalidad urbanística vigente, contraviniendo así la Ley de Ordenación Urbanística de Andalucía (LOUA), y sin la correspondiente presentación por parte de la promotora del proyecto básico y de ejecución oportunamente visado y firmado por el Colegio Oficial de Arquitectos, "a sabiendas de que con ello contravenía las garantías y normas aplicables".

   Además, el Servicio de Ordenación del Territorio y Urbanismo de la Diputación de Granada informó de la no adecuación del proyecto de edificación a la legalidad urbanística, recomendando como medida cautelar la paralización de las obras que se estaban ejecutando, en tanto no se adoptaran las medidas correctoras pertinentes destinadas a la restauración de la normativa.

   Por ello, el alcalde acordó mediante decreto el 18 de febrero de 2008 la paralización de las obras, "imponiendo verbalmente" al mismo tiempo tanto al secretario del Ayuntamiento como a una auxiliar administrativa la no notificación de esa orden a los interesados.

   El secretario le hizo "reiteradas advertencias" y redactó un informe, de fecha 14 de abril de 2008, pero el alcalde permitió de este modo la finalización de la construcción, que superaba la altura y la ocupación máximas permitidas y que incumplía condiciones higiénico sanitarias, por no contar con al menos dos huecos a la fachada o a un patio.

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