El tiempo en: Benalmádena
Sábado 20/04/2024  

Provincia de Cádiz

¿Dónde comienzan realmente las fronteras de España con Marruecos?

El profesor Miguel Acosta ha inaugurado con esta cuestión el ciclo 'Campus Media', organizado con la Asociación de la Prensa de Jerez

Publicidad AiPublicidad Ai Publicidad AiPublicidad Ai
  • Imagen de archivo de la valla de Melilla. -

Actualmente, las fronteras representan los límites a la soberanía de los Estados y zonas de cooperación transfonteriza.Para su constitución, el Derecho Internacional da competencia exclusiva a los Estados. Existe por tanto una total libertad para la delimitación de las fronteras. El proceso vendría representado por dos fases: la delimitación y la demarcación. Mediante la delimitación, los Estados definen en abstracto la frontera en un Tratado internacional; y por la demarcación, se proyecta la delimitación sobre el terreno mediante la colocación de mojones, pilares o hitos.

España posee fronteras con Francia, Portugal y Andorra. Respecto a Gibraltar, existe una controversia sobre la parte del peñón cedida, el istmo y las aguas. Con Marruecos debemos acudir, al menos para Ceuta y Melilla, a Tratados firmados en el siglo XIX entre España y el entonces Sultán de Marruecos. Además, ambas ciudades se hallan bajo soberanía española desde el siglo XV, Ceuta por cesión portuguesa, y Melilla por conquista. Tanto estos hechos históricos como los Tratados internacionales representan el título jurídico de soberanía española, si bien Marruecos los rechaza constantemente.

Centrándonos en Melilla, y tomando como referencia los sucesos de junio de 2022, su actual delimitación se realizó por un Tratado de 1859, en el cual se acordó establecer la demarcación a partir del lanzamiento de balas de cañón que tuvieron lugar en 1862. Se tuvo que esperar hasta 1891 para una demarcación permanente por medio de mugas, torres cuadradas de piedra de unos 2 metros de altura que se extendieron por toda la zona limítrofe. La zona quedó tal cual, permitiendo una libre circulación entre ambas zonas fronterizas hasta los años setenta del pasado siglo, donde una epidemia de cólera en Nador provocó que se alzara una pequeña valla metálica. Ya en los años noventa, se decide instalar un doble vallado de 3 metros de altura (1998), ampliado a 6 metros (2005) y a 10 metros en algunos tramos en 2019.

El actual vallado se encuentra levantado en su totalidad sobre territorio español, dejando las mugasdel otro lado de la valla, en zona controlada por Marruecos. Este retranqueo realizado por España de forma unilateral conlleva que más allá de la valla exterior, hay territorio español, unos 145.000 m2 en el caso de Melilla, y unos 180.000 m2 en el caso de Ceuta. Desde el primer momento, Marruecos ha considerado que se produce una cesión del territorio y actúa con total jurisdicción sobre el mismo y sin que haya existido protesta por el gobierno español. Política de Estado, en mi opinión.

Nuestro gobierno ha reconocido en varias ocasiones, que más allá de la valla sigue existiendo territorio español, que no se ha producido cesión alguna y que las fronteras con Marruecos están determinadas por los Tratados del siglo XIX. Sin embargo, la realidad es distinta tras los sucesos de junio de 2022. Tanto el Ministerio de interior como la Fiscalía, si bien reconocen los tratados delimitadores, afirman que los mismos no afectan a la adquisición del territorio por el paso del tiempo de forma pacifica y sin oposición. Es lo que en derecho internacional se denomina prescripción adquisitiva a favor de Marruecos, unida a la acquiescencia por parte de España. En otras palabras, se sostiene que el “terreno cedido” ya pertenece a Marruecos y la demarcación actual coincidiría con el vallado levantado a finales del siglo XX. Conviene destacar algunas cuestiones.

En primer lugar, el título jurídico de soberanía sigue siendo los Tratados del siglo XIX. Para alterar los límites de Melilla se debe seguir lo previsto en dichos Tratados. Además, al afectar a la integridad territorial, se requiere la aprobación expresa de las Cortes Generales (art. 94.1 de nuestra Constitución). La acción unilateral por parte del Gobierno español al levantar las vallas y posteriormente reconocer la cesión, conlleva una vulneración de los Tratados e incluso de nuestra Carta Magna. Además, afecta directamente a la argumentación española al ignorar los propios títulos jurídicos de soberanía y representado por los Tratados decimonónicos.

En segundo lugar, mucho se ha hablado en sede parlamentaria de Tierra de Nadie, para eludir la soberanía y la responsabilidad del Estado español. Dicho concepto no existe en derecho internacional. Las vallas se han instalado enteramente en suelo español, y es español igualmente el pasillo que existe entre la valla interior y exterior. Igualmente se ha intentado asimilar dicho concepto de Tierra de Nadie con la denominada Zona Neutral, un polígono paralelo a la delimitación original de una anchura de 500 metros que, si bien caía bajo soberanía española, siempre ha estado bajo control y jurisdicción marroquí. Lo curioso es que, en los actuales mapas oficiales de Ceuta y Melilla, siguen apareciendo dichas Zonas Neutrales.

En tercer lugar, y teniendo en cuenta las normas internacionales de delimitación y la realidad, dos podrían ser las opciones. La primera, que nuestro gobierno, a través de un acto unilateral con actuaciones sobre el terreno, acreditara que el espacio de tierra más allá de las vallas es suelo español, de acuerdo con los Tratados del siglo XIX. Esta opción, es mi opinión, es poco probable pues provocaría a todas luces un nuevo conflicto diplomático con Marruecos e iría en contra de la propia pasividad y falta de protesta española en los últimos años. Una segunda opción, más realista, sería reconocer de forma oficial que se ha producido una cesión, en vulneración de normas internacionales, pero que ello no afecta a la validez de los Tratados de delimitación como títulos jurídicos de soberanía. Sería normalizar la situación actual, y hacer coincidir la demarcación con el vallado. Quizás esta segunda opción podría implicar incluso un primer paso hacia el reconocimiento por parte de Marruecos de la soberanía española de Ceuta y Melilla, al aceptar los límites fronterizos de ambas ciudades.

 

Miguel A. Acosta es Profesor Titular de Derecho Internacional Público y Relaciones Internacionales de la Universidad de Cádiz y titular de la Cátedra Jean Monnet de la Comisión Europea “Immigration and EuropeanMaritime Security in Western Mediterranean”

 

TE RECOMENDAMOS

ÚNETE A NUESTRO BOLETÍN