La Gerencia de Urbanismo del Ayuntamiento de Sevilla ha acordado declarar "ineficaz" una declaración responsable presentada ante la misma para unas obras en un edificio de la céntrica Plaza del Triunfo, tras descubrir que el promotor había expuesto que el inmueble carece de protección ni se encuentra en el entorno de un bien de interés cultural pese a que se trata de una construcción "con un alto grado de protección" y abarcada además por los entornos de protección de la Catedral hispalense y del trazado de la muralla histórica.
En una resolución recogida por Europa Press, la Gerencia de Urbanismo detalla que el pasado 21 de octubre de 2021 un promotor formalizó ante dicho departamento una declaración responsable sin intervención de técnico para la ejecución de obras en un inmueble enclavado en la céntrica plaza del Triunfo, en pleno entorno monumental de la ciudad, junto a la Catedral, los Reales Alcázares y el Archivo de Indias, declarados Patrimonio Mundial en 1987.
Al respecto, la resolución expone que ante dicha declaración responsable, un informe técnico refleja que "se ha podido constatar el incumplimiento de los artículos 5 y 71 de la vigente Ordenanza Municipal de Obras y Actividades debido a la inexactitud y/u omisión en el contenido de la declaración presentada".
"Se declara bajo la responsabilidad del promotor que se trata de un edificio que carece de protección ni se encuentra en el entorno de un bien de interés cultural (BIC), pudiéndose comprobar que, según el planeamiento vigente de aplicación, el inmueble esta catalogado como A, protección integral, y afectada por los entornos de los BIC Catedral y muralla histórica", indica la resolución municipal.
A tal efecto, dicho documento determina que "en este caso, al tratarse de un inmueble con un alto grado de protección, afectado por el entorno de un monumento inscrito en el Catálogo General de Patrimonio Histórico Andaluz, será necesaria autorización previa de la Comisión Provincial de Patrimonio", adscrita a la Consejería de Cultura.
Por todo ello, esta resolución de la Gerencia acuerda "declarar ineficaz" la citada declaración responsable y archivar la misma, avisando al promotor de que "no está facultado para la ejecución de las obras que se pretenden".