308.000 euros más por los despidos de Sevilla Global

Publicado: 13/05/2014
El Gobierno recurre todas las sentencias condenatorias del primer ERE
El gobierno municipal ha decidido recurrir todas las sentencias favorables a los trabajadores de la empresa municipal Sevilla Global tras el primer expediente de regulación de empleo (ERE) y en virtud de las cuales se le condena a pagarles al menos un diferencial de 308.000 euros sobre lo abonado hasta la fecha en concepto de salarios de tramitación.

El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) declaró nulo el primer ERE aplicado en la empresa municipal Sevilla Global por el gobierno de Zoido, después de que 43 empleados acudieran ante la Justicia y plantearan la nulidad de sus despidos por no mediar “causas económicas y organizativas”.

Los magistrados de la Sala de lo Social estimaron entonces que el Ayuntamiento no había respetado la normativa en aquel primer ERE y lo declararon nulo. Asimismo, declararon al Consistorio, junto con Sevilla Global, responsable solidario de abonar los salarios de tramitación desde que se produjo el despido, el 13 de noviembre de 2012, hasta el momento en que se produjera la efectiva readmisión una vez conocida la sentencia (junio de 2013).

Además de aquella demanda colectiva ante el TSJA, los trabajadores también recurrieron a título individual. Fruto de aquellos pleitos, distintos Juzgados de lo Social sevillanos han ido dictando sentencias que en los casos conocidos hasta ahora (unos catorce) condenan al Ayuntamiento a pagar más dinero a los despedidos, en concepto de salarios de tramitación.

En total, el Ayuntamiento ha sido condenado a pagar por este concepto 506.519 euros, de los que ha abonado menos de 200.000. Quedan pendientes unos 308.000 sólo por estas catorce sentencias conocidas. El gobierno municipal ha decidido recurrirlas para no tener que aplicarlas.

Como se recordará, el Consistorio volvió a despedir a los empleados de Sevilla Global mediante un segundo ERE en noviembre de 2013, con indemnizaciones de 20 días de sueldo por año trabajado. La plantilla volvió a recurrir, pero esta vez la Sala de lo Social del TSJA, en sentencia conocida el pasado 25 de abril, desestimó la demanda colectiva y consideró ajustado a Derecho el despido de todos los empleados.
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