Una jueza de Sevilla ha confirmado su decisión de enviar al Tribunal Supremo la causa contra José Luis Sanz, alcalde de Tomares (Sevilla) y ex secretario general del PP andaluz, por los presuntos pagos a un concejal de su partido por servicios inexistentes.
La titular del juzgado de instrucción 8, en un auto al que ha tenido acceso Efe, afirma que existen indicios de que Sanz "tenía claro conocimiento" de la actividad que realizaba el concejal Juan Campos, quien "frecuentaba su despacho", y además el alcalde intervenía en las propuestas de gastos, por lo que no se puede "descartar su participación o al menos conocimiento de los hechos".
Al ser senador y aforado, la juez indica que la causa debe remitirse al Tribunal Supremo "en salvaguarda de los propios derechos e intereses" de Sanz.
La jueza rechaza los recursos presentados por todos los imputados, entre ellos cuatro concejales del PP que supuestamente conocían los contratos realizados a Campos para trabajos de supervisión tras no salir elegido en las elecciones municipales de 2007.
Sanz ha sido imputado por presuntos delitos de prevaricación y malversación por los dos periodos en los que Campos trabajó para el Ayuntamiento: en el primero, entre noviembre de 2007 y octubre de 2008, cuando recibió directamente una retribución del Consistorio, y el segundo entre enero del 2010 y junio del 2011, cuando fue contratado por la empresa que trabajaba para el Ayuntamiento por orden, presuntamente, del imputado Eloy Carmona.
Por esta causa ya están imputados el propio Campos y otros tres concejales del PP: Eloy Carmona, concejal de Presidencia y portavoz del PP en la Diputación de Sevilla; la concejal de Urbanismo Pilar Domínguez y la actual responsable de Cultura Mercedes Fuentes.
Entre los hechos presuntamente delictivos, la juez recogió que, según la investigación policial, las fotografías que se adjuntaban a los informes de Campos fechados en los años 2007 y 2008 "fueron tomadas con posterioridad, en los años 2011 y 2012".
Ahora, la magistrada indica que los recurrentes "se centran en atacar las valoraciones y exposición de hechos", con los que solo pretendía "exponer razonadamente el por qué de la apreciación de indicios suficientes que justifican la necesidad de continuar y concluir la instrucción de la causa, sin perjuicio de cual pueda resultar la resolución de fondo sobre la misma".
"La argumentación contenida en dicha resolución puede o no ser compartida por las partes, más es suficiente para ofrecer motivación expresa de por qué de lo actuado se desprenden indicios que exigen, cuando menos, seguir adelante con la instrucción de la causa", dice.
Es cierto que los contratos firmado por el alcalde se encuentran en la causa desde el comienzo, pero "ha sido a raíz de las sucesivas diligencias de instrucción practicadas cuando se pone de manifiesto y se afirma por los declarantes la posible participación y/o conocimiento suficiente por el mismo de estos hechos", añade el auto.
Fuentes del caso han informado a Efe de que los imputados recurrieron de forma subsidiaria en apelación ante la Audiencia de Sevilla, que emitirá la decisión definitiva.