La Justicia belga decidirá finalmente este lunes si acepta ejecutar la orden europea de entrega (euroorden) contra el rapero mallorquín Josep Miguel Arenas, conocido artísticamente como Valtonyc y condenado en España por enaltecer el terrorismo e injuriar al Rey en las letras de sus canciones, tras una primera vista el pasado 3 de septiembre en la cual el magistrado encargado del caso escuchó a las partes y anunció que tomaría una decisión en dos semanas.
El cantante se mostró entonces convencido de que no se producirá la extradición por los delitos más graves --enaltecimiento del terrorismo e injurias a la Corona-- porque "no existe la doble incriminación", es decir, que los hechos estén tipificados como delito en el Código Penal de ambos países, tal y como aseguró a su salida de un tribunal de primera instancia de Gante.
Según el rapero, el juez podría, en el peor de los escenarios, aceptar la extradición únicamente por el delito de amenazas --penado con seis meses de cárcel-- si bien la defensa ha sostenido desde el principio que no debe ser entregado a las autoridades españolas por ninguno de los tres delitos al tratarse de un caso de libertad de expresión, según indicó el abogado Gonzalo Boye, quien también defiende al expresidente catalán Carles Puigdemont.
La Fiscalía defiende, por su parte, que no ve un delito de terrorismo --como indicaron las autoridades judiciales en España-- sino uno de opinión, una categoría que no se encuentra en la lista de 32 delitos para los cuales la Orden Europea de Detención y Entrega (OEDE) debe ejecutarse de manera automática según el funcionamiento de ésta.
El mallorquín, que se encuentra en Bélgica desde junio, fue condenado por la Audiencia Nacional a tres años y medio de cárcel por delitos de amenazas, enaltecimiento del terrorismo e injurias a la corona, una sentencia posteriormente confirmada por la Sala Segunda del Tribunal Supremo.
La Audiencia Nacional emitió a finales de mayo una orden nacional, europea e internacional de búsqueda y captura contra Valtonyc después de que abandonara el territorio español para evitar su ingreso en prisión justo un día antes de que expirara el plazo para entrar voluntariamente a la cárcel.